Para responder al drama de los
refugiados y los apartidas, que constituye unas de las mayores vergüenzas de
nuestro tiempo como lo demuestra una vez mas la tragedia de los grandes lagos
africanos puede hablarse por fin de una tercera rama del derecho internacional
de los derechos humanos. Se trata del derecho de los refugiados, apartidas y
desplazados internos.
Sin embargo a diferencia de las
dos tradiciones anteriores. La de los derechos del hombre y la de los conflictos
armados, esta es muy reciente, pues sus origenes se remontan a la ultima
postguerra.
Esta formulada en términos de un mandato conferido por la comunidad internacional a una agencia especializada del sistema de las naciones unidas para atender a los individuos y grupos desarraigados, por motivos políticos, de su país de origen o de residencia, la oficina de alto comisionado de las naciones unidas para los refugiados (ACNUR) tiene ya una experiencia de mas de 3 décadas.