Los Derechos de los conflictos armados
Las tres generaciones que
integran el derecho internacional de los derechos humanos han sido concebidas
para democracias funcionales en tiempos de paz. Esta es la regla general pero
con indeseable frecuencia, se dan situaciones de conflicto e imperan imágenes
regímenes autoritarios o despóticos.
Para garantizar la vigencia de
un mínimo de derechos humanos fundamentales en estas circunstancias de crisis
hay que apelar a una rama especializada que esta formada por dos conjuntos de
reglas: el derecho humanitario o derecho de Ginebra y el derecho de la guerra,
el derecho de la Haya.
La guerra fue una de las
primeras actividades sociales de la especie humana y será sin duda la última.
Unicamente entre 1960 y 1982 se calcula que han tenido lugar 65 conflictos
armados, estas guerras han tenido como teatro el territorio de 49 países, que
representan dos tercios de la población y el 40% del área del planeta y han
producido alrededor de 11 millones de bajas. Los costos de los enfrentamientos bélicos
se trasladan en forma creciente de los combatientes a los no combatientes.
El derecho humanitario tiene su
formulación inaugural en la convención de Ginebra de 1864 por la cual doce países
europeos se comprometieron a proteger a las victimas de la guerra y en especial
a los enfermos y heridos por razones de humanidad. Los cuatro convenios de
Ginebra: el primero sobre protección de las victimas de la guerra terrestre,
el tercero sobre el trato de los prisioneros de la guerra, el segundo
sobre la protección de las victimas de
la guerra marítima, y el cuarto sobre protección de la población civil no
combatiente proponen regular la asistencia y protección de carácter filantrópico
a todas la victimas de la guerra: enfermos ,heridos, náufragos,
prisioneros de guerra, civiles y combatientes puestos fuera de combate. La regla
de oro de la legislación de Ginebra es la separación entre combatientes y no
combatientes para garantizar a unos y otros, en la medida en que se conviertan
en victimas o queden fuera de combate por cualquier razón, un tratamiento mínimamente
humano.
Por su historia y por su
racionalidad filantrópica, el derecho humanitario ha estado inextricablemente
vinculado a la existencia y a la gestión del comité internacional de la Cruz
roja que es una institución internacional no gubernamental.
El derecho de la guerra esta
recogido en la declaración de San Petersburgo de 1868,que proscribe por primera
vez el empleo de ciertas armas y municiones de guerra.
Hay que tener en cuenta el carácter consuetidiario y no solo convencional que tienen los dos preceptos del derecho de los conflictos armados en su conjunto. Conforme a reiterada jurisprudencia de la corte internacional de justicia, tales normas forman parte del jus congens o derecho obligatorio de los pueblos y vinculan a todos los miembros de la comunidad internacional civilizada aunque los estados no hayan suscrito los diferentes convenios de Ginebra, La Haya o Nueva York.